EL INVESTIGADO O ENCAUSADO
Tras la reforma llevada a cabo por la Ley Orgánica 13/2015, de 5 de octubre, de modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para el fortalecimiento de las garantías procesales y la regulación de las medidas de investigación tecnológica se ha sustituido las tradicional denominación de “imputado” por las de “investigado” y “encausado”, según la fase procesal.
En su momento, se procedió a la correspondiente actualización en los temas como en los test de las oposiciones de Auxilio Judicial, Tramitación Procesal y Gestión Procesal, sustituyendo el vocablo «imputado» por la nueva denominación de «investigado» y «encausado», tanto en los epígrafes como en el contenido.
No obstante, he sido advertido de que aun existe alguna referencia a la antigua denominación de imputado en algunos temas del proceso penal. Ya he procedido a corregirlas. En cualquier caso, creo que no debería suponer ningún problema a la hora del estudio, ya que sabemos cuál es la nueva denominación del sujeto pasivo del proceso penal.
Por último, recordar que el término “investigado” servirá para identificar a la persona sometida a investigación por su relación con un delito, es decir, durante la fase de instrucción; mientras que con el término “encausado” se designará, de manera general, a aquél a quien la autoridad judicial, una vez concluida la instrucción de la causa, imputa formalmente el haber participado en la comisión de un hecho delictivo concreto.
19/03/2016 en 16:45
Hola me gustaría comprar el temario para tramitación , pero más adelante , para la próxima convocatoria, quería saber cuanto sale. Un saludo
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21/03/2016 en 10:42
Hola
Ya disponemos del material para la convocatoria 2016 de Tramitación y también para Gestión. Puedes remitir un email a justiciaoposicionesblog@gmail.com y estaremos encantados de responder a tus preguntas.
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