Corrección de erratas en los temas remitidos hasta el día 31/10/2015
Gracias a nuestros seguidores y colaboradores, que nos han advertido de diversas erratas en algunos temas a continuación pasamos a subsanarlas.
Indicar que tales erratas aparecen en los temas que han sido remitidos hasta el día 31/10/2015 inclusive, así como los adquiridos en Scribd.com hasta esa fecha, habiendo sido subsanadas en los temas que se hayan recibido o adquirido a partir de la misma.
También pedir disculpas por la existencia de tales errores, los cuales a continuación se indican y corrigen.
FE DE ERRATAS:
JUICIO DE DESAHUCIO: Los temas que contienen la errata son los siguientes:
Tema 16 de Auxilio Judicial (página 27)
Tema 16 de Tramitación Procesal, turno libre (página 27)
Tema 8 de Tramitación Procesal, promoción interna (página 27)
Tema 27 de Gestión Procesal (página 15-16)
El error se encuentra en el apartado «Requerimiento«, casi al final del mismo; el párrafo comienza diciendo «El requerimiento se practicará en la forma prevista en el art. 161 LEC….»; pues bien, habría que suprimir el supuesto letra c) que cierra el citado apartado.
EL DERECHO DE HUELGA: Contienen la errata los temas 15 de Auxilio Judicial y de Tramitación Procesal, así como el tema 16 de Gestión Procesal.
En los indicados temas, en la página 16, en el apartado «Comités de huelga«, habría que suprimir del cuarto párrafo el inciso que lo cierra «…corresponde al empresario la designación de los trabajadores que deban efectuar dichos servicios«.
LA DECLINATORIA: La errata afectaría al tema 19 de Gestión Procesal, turno libre, y 4 del turno de promoción interna. En estos temas se ha omitido, involuntariamente, reformar el plazo de interposición de la declinatoria en el juicio verbal (página 24), por lo que lo hemos subsanado y remitiremos el tema, resaltando en color azul el texto modificado.
RECURSO DE APELACIÓN PENAL: La errata consiste en que deberá suprimirse, en la frase «Celebrada la vista, el Tribunal resolverá el recurso por medio de auto, frente al que no cabe la interposición de recurso alguno» el inciso …»frente al que no cabe la interposición de recurso alguno«, por lo que el texto correcto será «Celebrada la vista, el Tribunal resolverá el recurso por medio de auto«
Dicha errata afecta a los temas 24 de Tramitación, turno libre y 15 del turno de promoción interna y aparece en la página 25 de ambos temas, al inicio de la misma, en el apartado «Resolución».
Asimismo la errata aparece en el tema 55 de Gestión, turno libre, y 29 de promoción interna, en la página 7, en el mismo apartado «Resolución»
REGISTRO CIVIL: En esta ocasión, al actualizar el tema correspondiente tras la entrada en vigor de determinados artículos de la Ley 20/2011, del Registro Civil, se nos ha olvidado indicar en la introducción que dicha Norma también forma parte de la legislación vigente en la materia (y, por tanto, en este caso, objeto de examen).
De esta forma, para subsanar la omisión, en el TEMA 19 DE GESTIÓN, promoción interna, TEMA 40 DE GESTIÓN, turno libre, TEMA 16 DE TRAMITACIÓN, promoción interna, TEMA 29 DE TRAMITACIÓN, turno libre y TEMA 25 DE AUXILIO JUDICIAL, al final del primer párrafo de los indicados temas, habría que añadir la siguiente frase: «En cuanto a determinados aspectos de la inscripción de nacimiento y de la inscripción de defunción, desde el 15/10/2015 se encuentran en vigor determinados artículos de la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil»
03/12/2015 en 11:36
Buenas adquirí su temario hace algo mas de un mes y recibí este correo y otro mas en referencia a una serie de erratas en temas de la LECRIM y de los temas remitidos hasta el 31/10/2015. Me gustaría saber si me lo puede volver a reenviar porque no se si los he perdido del correo o no los he recibido. Gracias de antemano y perdone las molestias.
________________________________
Me gustaMe gusta
09/12/2015 en 22:28
Hola
Como los temas se remiten por email, te pediría que los solicites por este mismo medio y estaremos encantados de volver a enviarlos
Saludos
Me gustaMe gusta