Competencia en materia de Registro Civil de los Juzgados: correción Tema 8
La regulación vigente del Registro Civil continúa encomendando su gestión a los Jueces de Primera Instancia (como encargados) y a los Jueces de Paz (por delegación). Aún no se ha procedido a la desjudicialización. Y así será hasta el 30 de junio de 2017, que es la última fecha prevista para la completa entrada en vigor de la Ley 20/2011 del Registro Civil y demás normativa complementaria (salvo nueva prórroga)
Es por ello que, en el tema 8, habría que suprimir un párrafo que hace mención a la derogación de la competencia de los Juzgados en materia de Registro Civil. Bajo el título «Registro Civil», en la página 2 y al final de la misma, aparece el siguiente párrafo «La publicación de la Ley Orgánica 8/2011, de 21 de julio, complementaria de la Ley del Registro Civil, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial (que entrará en vigor el 22/7/2014) deroga la competencia que, en esta materia, correspondía a los Juzgados de Primera Instancia y, por delegación, a los Juzgados de Paz. La Ley 20/2011 del Registro Civil, configura éste como un registro público dependiente del Ministerio de Justicia, encomendado todos los asuntos referentes al Registro Civil a la Dirección General de los Registros y del Notariado.»
En consecuencia, quienes para la preparación de las oposiciones de Auxilio Judicial, Tramitación Procesal y Gestión Procesal, hayan obtenido nuestro tema 8 con anterioridad al día 9 de febrero de 2016, tendrían que suprimir el citado párrafo.
12/02/2016 en 10:00
Muy buenas: En el Tema 8 que yo poseo no me aparece ese párrafo aunque yo haya recibido el temario antes del día 9 de Febrero. Aparece: » Actualmente, el Registro Civil está a cargo de los Jueces de Primera Instancia y, por delegación de éstos, de los de Paz.La Ley de Planta determinará……» Está correcto el tema? Gracias,Magaly Suárez
Date: Tue, 9 Feb 2016 09:47:07 +0000 To: laprimera65@hotmail.com
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12/02/2016 en 23:18
Hola
Está correcto el tema, ya que la rectificación consistiría en suprimir texto
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12/02/2016 en 11:29
perdona, en mi temario (tramitación p. interna) no pone nada de eso que dices, salvo que yo no lo encuentre y eso que me estoy volviendo loco. Gracias.
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12/02/2016 en 23:17
Hola
La rectificación es de los programas de turno libre, por eso no aparece en el temario que tienes
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