Justificación y/o subsanación de la exención de tasas por desempleo en las instancias de Gestión, Tramitación y Auxilio Judicial (OEP 2016)

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Según informa el sindicato CCOO en su página web, el Ministerio de Justicia ha respondido a una reclamación formulada en relación con la justificación de la exención del pago de las tasas por desempleo en las solicitudes de Gestión, Tramitación y Auxilio Judicial.

Según esta información, para la exención del pago de la tasa para concurrir a los procesos selectivos correspondientes a la OPE 2016 y convocados en el BOE el 30 de noviembre de 2017, hay que acreditar los siguientes requisitos:

  1. Que se está en situación de desempleo al menos con un mes de antelación a la fecha de la convocatoria
  2. Que no se perciben retribuciones por desempleo o las que se perciben son inferiores al SMI
  3. Que no se ha rechazado oferta o acción formativa.

La acreditación de estos 3 requisitos se puede realizar aportando la certificación correspondiente por el SEPE o autorizando a que la administración lo compruebe.

  1. Que no se perciben otras rentas que no sean superiores al SMI en cómputo mensual.

Este requisitos se puede acreditar mediante la presentación de la última declaración de IRPF o realizando una declaración jurada.

 

En cualquier caso, el Ministerio de Justicia ha confirmado a CCOO que, durante el plazo de subsanación posterior a la publicación de los listados provisionales se podrá completar la documentación presentada o pagar la tasa correspondiente si no se dan las circunstancias exigidas para la exención.

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