Ley 12/2017, de 28 de diciembre, modifica la Ley de Enjuiciamiento Civil, para garantizar la efectividad de los actos de comunicación del Ministerio Fiscal.

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Se ha publicado en el BOE de 29 de diciembre, la Ley 12/2017, de 28 de diciembre, de modificación de la Ley 42/2015, de 5 de octubre, de reforma de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, para garantizar la efectividad de los actos de comunicación del Ministerio Fiscal.

Esta ley prorroga hasta el 1 de enero de 2020 la medida consistente en que, en relación con los actos de comunicación al Ministerio Fiscal, el plazo que se establece en el artículo 151.2 será de diez días naturales.

Tal reforma, si bien obliga a actualizar el tema correspondiente a los actos de comunicación para la siguiente convocatoria (la correspondiente a la OEP 2017, cuya publicación se prevé en 2018), no afecta a los opositores que se presentaran en la convocatoria publicada en el BOE el pasado día 30 de noviembre, pues, como ya hemos venido informando, la legislación objeto de examen se ha consolidado con aquella publicación en el BOE.

Esta reforma, y las que se puedan producir en los próximos meses, solo deberán ser tenidas en cuenta por los aspirantes que se preparen para la siguiente convocatoria (OEP 2017).

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