Publicada en el BOE la relación provisional de admitidos y excluidos en Auxilio Judicial (OEP 2016)
El BOE de 17 de marzo publica la Orden JUS/258/2018, de 12 de marzo, por la que se prueba la relación provisional de admitidos y excluidos del proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, convocado por Orden JUS/1164/2017, de 24 de noviembre.
Las listas certificadas completas quedarán expuestas al público en la página web del Ministerio de Justicia (www.mjusticia.es), en las páginas web de las Comunidades Autónomas que convoquen plazas, y en el punto de acceso general del Ministerio de Hacienda y Función Pública (www.administracion.gob.es).
Los aspirantes deberán comprobar no sólo que no figuran en la relación de excluidos sino, también, que sus nombres y demás datos constan correctamente en la relación de admitidos.
Relacion provisional admitidos y excluidos Auxilio Judicial
Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta Orden en el «Boletín Oficial del Estado», para subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o su omisión, circunstancia que, en su caso, dará origen a la oportuna rectificación de las listas de admitidos. El plazo, por tanto, se iniciará el lunes día 19 de marzo.
Próximamente, pondremos a disposición de los interesados modelos de escritos para tratar de subsanar los defectos.
Quienes no subsanen la exclusión o no aleguen la omisión, en plazo, justificando su derecho a ser admitidos, serán definitivamente excluidos.
RELACIÓN DE LAS CAUSAS DE EXCLUSIÓN
A. Ausencia de firma en la instancia, o no cumplimentar datos personales esenciales de la instancia.
B. Presentar instancia fuera de plazo o fecha no legible.
C. No abonar tasa de examen, abonar fuera de plazo, o no constar certificación mecánica, o en su defecto sello, firma y fecha de la entidad colaboradora en la que se realiza el ingreso o no sea legible.
D. Pago insuficiente tasa de examen, o no acreditar exención o reducción.
E. No acreditar condición de desempleado o no haber sido posible su verificación por la Administración.
F. No carecer de rentas mensuales superiores al salario mínimo interprofesional o no haber sido posible su verificación por la Administración.
G. No acreditar condición legal y grado de discapacidad según bases comunes o no haber sido posible su verificación por la Administración.
H. No acreditar categoría familia numerosa que corresponda, o no haber sido posible su verificación por la Administración.
I. No tener nacionalidad española, o no declarar tenerla.
J. No tener el título exigido, no especificarlo o no ser equivalente o no haber sido posible su verificación por la Administración.
K. Haber alcanzado la edad de jubilación forzosa, o no especificar fecha de nacimiento o ser ésta errónea.
L. No especificar el cuerpo o sistema de acceso.
M. Optar por un ámbito, sede de examen o sistema de acceso no convocado, o no especificar la sede de examen.
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