Actualización temario

EL INVESTIGADO O ENCAUSADO

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Tras la reforma llevada a cabo por la Ley Orgánica 13/2015, de 5 de octubre, de modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para el fortalecimiento de las garantías procesales y la regulación de las medidas de investigación tecnológica se ha sustituido las tradicional denominación de “imputado” por las de “investigado” y “encausado”, según la fase procesal.

En su momento, se procedió a la correspondiente actualización en los temas como en los test de las oposiciones de Auxilio Judicial, Tramitación Procesal y Gestión Procesal, sustituyendo el vocablo «imputado» por la nueva denominación de «investigado» y «encausado», tanto en los epígrafes como en el contenido.

No obstante, he sido advertido de que aun existe alguna referencia a la antigua denominación de imputado en algunos temas del proceso penal. Ya he procedido a corregirlas. En cualquier caso, creo que no debería suponer ningún problema a la hora del estudio, ya que sabemos cuál es la nueva denominación del sujeto pasivo del proceso penal.

Por último, recordar que el término “investigado” servirá para identificar a la persona sometida a investigación por su relación con un delito, es decir, durante la fase de instrucción; mientras que con el término “encausado” se designará, de manera general, a aquél a quien la autoridad judicial, una vez concluida la instrucción de la causa, imputa formalmente el haber participado en la comisión de un hecho delictivo concreto.

 

Competencia en materia de Registro Civil de los Juzgados: correción Tema 8

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La regulación vigente del Registro Civil continúa encomendando su gestión a los Jueces de Primera Instancia (como encargados) y a los Jueces de Paz (por delegación). Aún no se ha procedido a la desjudicialización. Y así será hasta el 30 de junio de 2017, que es la última fecha prevista para la completa entrada en vigor de la Ley 20/2011 del Registro Civil y demás normativa complementaria (salvo nueva prórroga)

Es por ello que, en el tema 8, habría que suprimir un párrafo que hace mención a la derogación de la competencia de los Juzgados en materia de Registro Civil.  Bajo el título  «Registro Civil», en la página 2 y al final de la misma, aparece el siguiente párrafo «La publicación de la Ley Orgánica 8/2011, de 21 de julio, complementaria de la Ley del Registro Civil, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial (que entrará en vigor el 22/7/2014) deroga la competencia que, en esta materia, correspondía a los Juzgados de Primera Instancia y, por delegación, a los Juzgados de Paz. La Ley 20/2011 del Registro Civil, configura éste como un registro público dependiente del Ministerio de Justicia, encomendado todos los asuntos referentes al Registro Civil a la Dirección General de los Registros y del Notariado

En consecuencia, quienes para la preparación de las oposiciones de Auxilio Judicial, Tramitación Procesal y Gestión Procesal, hayan obtenido nuestro tema 8 con anterioridad al día 9 de febrero de 2016, tendrían que suprimir el citado párrafo.

 

Tramitación Procesal: Aclaración sobre el supuesto 21

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En el caso práctico relativo al acto de conciliación (el número 21), cuando actualicé el supuesto, parece que no llegué hasta el final y no ví que las notas aclaratorias hacían mención a la derogada Ley de Enjuiciamiento Civil de 1881. Estas menciones deberían haberse hecho a la vigente Ley 15/2015, de la Jurisdicción voluntaria. No obstante, enunciado y soluciones están correctos ya que se aplica la legislación vigente.

 

Comunicaciones electrónicas y LexNET: última actualización del temario 2015 para Auxilio Judicial y Tramitación Procesal

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El BOE del pasado día 1 de diciembre, publicó el Real Decreto 1065/2015, de 27 de noviembre, sobre comunicaciones electrónicas en la Administración de Justicia en el ámbito territorial del Ministerio de Justicia y por el que se regula el sistema LexNET.

Esta norma afectaría al contenido de los programas de las oposiciones de Auxilio Judicial y Tramitación Procesal, pues sus convocatorias aún no habían sido publicadas al tiempo de este Real Decreto. Sin embargo, no tiene incidencia sobre las oposiciones de Gestión Procesal, turno libre, pues la convocatoria se había publicado con anterioridad, ni tampoco Gestión Procesal, promoción interna, ya que esta materia no se incluye en su programa.

En concreto, se ven afectados los temas que tratan la modernización de la oficina judicial y los actos de comunicación. Hemos procedido a revisar y actualizar los siguientes temas:

AUXILIO JUDICIAL: Temas 10 y 24

TRAMITACIÓN PROCESAL, turno libre: Temas 10 y 28

TRAMITACIÓN PROCESAL, promoción interna: Tema 3

Durante este fin de semana, todos los seguidores que hayan obtenido nuestros temas hasta el día 18 de diciembre inclusive, recibirán en su buzón de correo electrónico los que han sido actualizados. En principio, no afectaría a los test.

Y con esta modificación, se pone fin a las actualizaciones para todas las oposiciones en la OEP 2015, pues la legislación objeto de examen se encuentra ya consolidada por la publicación de las respectivas convocatorias y, consiguientemente, cualquier otra posible reforma normativa no afectará al contenido de los programas.

Errata en la solución a la pregunta nº 50 del test de Tramitación de los temas 18-19

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En el test de los temas 18-19 que han sido remitidos hasta el día 27 de noviembre de 2015 inclusive, dentro del bloque de test que comprenden varios temas del programa (concretamente, el denominado Test P-05), se ha detectado la siguiente errata: en relación con la pregunta 50, la respuesta del cuadro de soluciones marca la d) en la vista del juicio verbal, cuando la CORRECTA ES LA c) en el plazo de 10 días.

Dicha errata ha sido subsanada y ya no aparece nos lo test enviados desde del día 28 de noviembre.

 

Rectificación Tema 5: La Unión Europea

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En los temas número 5 de las oposiciones de Gestión, Tramitación y Auxilio Judicial que se han remitido por email hasta ayer día 11 de noviembre inclusive, el dato de Abogados Generales del Tribunal de Justicia debe ser modificado y actualizado al número actual (página 19/22), que pasaría de 9 a 11.

En el epígrafe TRIBUNAL DE JUSTICIA, al desarrollar la composición, se indica que el número actual de Abogados Generales es de 9, cuando desde hace unas semanas ha sido aumentado, siendo ahora 11 tal número. Por consiguiente, el primer inciso del párrafo en cuestión deberá quedar así:

«Según el art. 252 del TFUE, el Tribunal de Justicia está compuesto por un juez por cada Estado miembro (28 jueces) y asistido por 8 abogados generales. Si el Tribunal de Justicia lo solicita, el Consejo, por unanimidad, podrá aumentar el número de abogados generales (en la actualidad, el número de abogados generales es de 11)…..»

Reformas legislativas: Ley Orgánica 16/2015 y Real Decreto Legislativo 5/2015

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La última semana de Octubre se han publicado en el BOE tres Leyes que, en muy pequeña medida, afectan a los contenidos de los temas que se establecen en los programas que regirán las oposiciones a los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial.

Se trata de las siguientes Normas:

  • Ley Orgánica 16/2015, de 27 de octubre, sobre privilegios e inmunidades de los Estados extranjeros, las Organizaciones Internacionales con sede u oficina en España y las Conferencias y Reuniones internacionales celebradas en España. Esta Ley afectaría a los TEMAS 19 DE GESTIÓN, TURNO LIBRE Y 4 DE GESTIÓN, PROMOCIÓN INTERNA, tan solo en las referencias a la inmunidad de jurisdicción y de ejecución que se hacen en tales temas.
  • Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Por lo que se refiere a esta Norma, refunde en un nuevo texto el EBEP, derogando la anterior Ley 7/2007. Destacamos que dicho texto mantiene el permiso retribuido para las funcionarias en estado de gestación así como la regulación del disfrute de vacaciones cuando las situaciones de permiso de maternidad, incapacidad temporal, riesgo durante la lactancia o riesgo durante el embarazo impidan iniciar el disfrute de las vacaciones dentro del año natural al que correspondan, o una vez iniciado, sobreviniera una de estas situaciones, que había sido introducido en el EBEP por la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016. Por lo demás, apenas existen modificaciones más allá de sustituir las referencias a la derogada Ley 7/2007 por el nuevo Texto Refundido del EBEP. Resultan afectados por esta reforma los siguientes temas:

AUXILIO JUDICIAL: temas 2, 13, 14 y 15

TRAMITACIÓN PROCESAL, turno libre: temas 2, 13, 14 y 15

GESTIÓN PROCESAL, turno libre: temas 2, 14, 15 y 16

TRAMITACIÓN PROCESAL, promoción interna: temas 1, 6 y 7

GESTIÓN PROCESAL, promoción interna: tema 1

Esta misma tarde/noche remitiremos los temas actualizados a las anteriores reformas, que como indicaba en una entrada anterior, sustituye al envío que se hizo en el día de ayer a Auxilio y Tramitación, turno libre

Aviso importante sobre la última actualización remitida a Auxilio Judicial y Tramitación Procesal hoy día 1 de noviembre

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Durante la tarde de hoy se han remitido, a los seguidores del blog que preparan AUXILIO JUDICIAL y TRAMITACIÓN PROCESAL, TURNO LIBRE, los temas actualizados con las reformas publicadas en el BOE, como decía en la entrada https://justiciaoposicionesblog.com/2015/11/01/dos-nuevas-reformas-legislativas-ley-organica-162015-y-ley-482015/ que aparece más abajo.

Debido a que el día 31 se ha publicado el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y los temas enviados se habían redactado con anterioridad, resulta necesario volver a actualizarlos, ya que se vuelven a ver afectados por una reforma legislativa, por lo que NO IMPRIMAIS LOS TEMAS QUE HABÉIS RECIBIDO. Las reformas en el contenido también serán mínimas, ya que se trata de una refundición de textos, pero siempre hay alguna novedad, aunque sea pequeña.

Por otra parte, he cesado el envío de actualizaciones de temas hasta revisar el citado el nuevo Estatuto Básico del Empleado Público (aprobado por el RDL 5/2015) y modificar los temas afectados.

Os mantendré informados.

 

 

Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público

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El BOE de ayer día 31 de julio publica otra norma que afecta directamente a los temas incluidos en los programas de las oposiciones de Auxilio Judicial, Tramitación Procesal y Gestión Procesal: el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

Con esta nueva Norma se ha procedido a integrar en un texto único todas las modificaciones introducidas en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público a través de diversas leyes que han sido publicadas hasta ahora.

El objetivo unificador que encarnan esta clase de textos refundidos, se ha realizado a través de la actualización, aclaración y armonización de las distintas leyes que lo conforman, dado lugar a un nuevo texto, completo y sistemático.

Asimismo se ha procedido a derogar la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

Por mi parte, me veo de nuevo obligado a estudiar un texto legal nuevo para adaptar los temas del programa al mismo y, por parte del opositor, de afrontar el estudio de una nueva norma.

En cuanto al envío de los temas que resulten modificados, en el momento que los tenga disponibles, lo anunciaré en el blog y se remitirán por email.

Dos nuevas reformas legislativas: Ley Orgánica 16/2015 y Ley 48/2015

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La semana que acaba se han publicado en el BOE dos Leyes que, en muy pequeña medida, afectan a los contenidos de los programas que regirán las oposiciones a los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial.

Se trata de las siguientes Normas:

  • Ley Orgánica 16/2015, de 27 de octubre, sobre privilegios e inmunidades de los Estados extranjeros, las Organizaciones Internacionales con sede u oficina en España y las Conferencias y Reuniones internacionales celebradas en España.

Esta Ley afectaría a los temas 19 de Gestión, turno libre y 4 de Gestión, promoción interna, tan solo en las referencias a la inmunidad de jurisdicción y de ejecución que se hacen en tales temas.

  • Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016.

Por lo que se refiere a esta Norma, por un parte modifica se introduce un permiso retribuido para las funcionarias en estado de gestación y, por otra, se regula el disfrute de vacaciones cuando las situaciones de permiso de maternidad, incapacidad temporal, riesgo durante la lactancia o riesgo durante el embarazo impidan iniciar el disfrute de las vacaciones dentro del año natural al que correspondan, o una vez iniciado, sobreviniera una de estas situaciones.

Resultan afectados por esta reforma los temas 1 de Gestión y Tramitación, ambos de promoción interna; y los temas 2 y 13 de Auxilio, Tramitación y temas 2 y 14 de Gestión turno libre.

Esta misma tarde/noche remitiremos los temas actualizados a las anteriores reformas.