Autor: justiciaoposicionesblog

Ley 3/2020, de 18 de septiembre, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia

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Publicada en el BOE de hoy, 19 de septiembre, la Ley 3/2020, de 18 de septiembre, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia.

Esta Ley, que afecta al contenido de los programas de las oposiciones de Gestión, Tramitación y Auxilio Judicial para las respectivas próximas convocatorias (no así a la vigente convocatoria de Auxilio Judicial, cuya legislación objeto de examen quedó consolidada el 27 de enero de 2020 con la publicación de la misma en el BOE), viene a sustituir (y deroga) al Real Decreto Ley 16/2020, de 28 de abril, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia, que también trajo novedades para los opositores.

El principal objeto de la Ley 3/2020 es adoptar una serie de medidas transitorias en la tramitación de determinados procedimientos y en la práctica de determinadas actuaciones procesales. Pero, en lo que al opositor se refiere, tenemos que destacar las siguientes modificaciones legislativas: Leer el resto de esta entrada »

Publicada en el BOE la oferta de destinos a los aspirantes que han superado el proceso selectivo de Tramitación Procesal y Administrativa, promoción interna (OEP 2017-2018)

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El BOE de 18 de septiembre de 2020 publica los destinos que se ofrecen a aspirantes que han superado el proceso selectivo de Tramitación Procesal y Administrativa, promoción interna (OEP 2017-2018). Recordar que también se publican en este mismo BOE las relaciones definitivas de aprobados de este proceso selectivo, como ya hemos informado.

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR LOS ASPIRANTES QUE HAN SUPERADO ESTE PROCESO SELECTIVO DE PROMOCIÓN INTERNA:

En el plazo de 20 días hábiles, desde la publicación de esta orden en el «Boletín Oficial del Estado», los aspirantes que figuran en el anexo II presentarán en el Registro General de este Ministerio, calle de La Bolsa, número 8, código postal 28012 de Madrid, o bien, en los registros de cualquiera de los órganos previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y dirigida a la Secretaría de Estado de Justicia (unidad EA0041037-oficina 000011588 – Medios Personales, Procesos Selectivos Justicia), la siguiente documentación:

a) Solicitud de destino ajustada a los requerimientos que, en su caso, se establezcan en la oferta publicada por el Ministerio de Justicia y las comunidades autónomas competentes

b) Los aspirantes que tengan la condición legal de personas con discapacidad, con grado igual o superior al 33 por 100, deberán presentar certificación de los órganos competentes, que acredite tal condición (en caso de que ésta no se haya acreditado con anterioridad) y su capacidad funcional para desempeñar las tareas y funciones propias del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia

c) Los aspirantes que, en su solicitud de participación inicial, no hayan prestado expresamente su consentimiento para que los datos referidos a su identificación personal y a sus titulaciones o certificaciones académicas puedan ser consultados y verificados de oficio por el órgano instructor de este proceso selectivo, deberán aportar también:

Copia auténtica del documento nacional de identidad, o equivalente

Copia auténtica del título exigido en la convocatoria o certificación académica acreditativa de tener aprobadas todas las asignaturas que le capacitan para la obtención del mismo, acompañando el resguardo justificativo de haber abonado los derechos para su expedición

d) En el supuesto de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá presentarse copia auténtica de la documentación que acredite su homologación, o en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia

e) Declaración jurada de no hallarse comprendido en causa de incompatibilidad ni estar inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, en vía disciplinaria o judicial, ni haber sido separado mediante procedimiento disciplinario de ninguno de los cuerpos al servicio de cualquiera de las administraciones públicas, salvo que hubiera sido rehabilitado (anexo I)

Quienes, dentro del plazo fijado, y salvo causa de fuerza mayor, no presentaren la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos exigidos en la base novena de las bases comunes y en la base 4 de la orden de convocatoria que rigen este proceso selectivo, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera y quedaran anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren podido incurrir por falsedad en la solicitud inicial

Enlaces al BOE, con los destinos ofertados por ámbitos. Leer el resto de esta entrada »

Relación definitiva de aprobados del proceso selectivo para ingreso en el Cuero de Tramitación Procesal y Administrativo, acceso promoción interna (OEP 2017-2018)

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Publicada la Orden JUS/857/2020, de 14 de septiembre, por la que se publica la relación definitiva de aprobados del proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativo, acceso promoción interna, convocado por Orden JUS/404/2019, de 21 de marzo (BOE de 8 de abril).

Los aprobados disponen de 20 días hábiles desde la publicación en el BOE para presentar la documentación exigida en la convocatoria en el Registro General de este Ministerio, calle de La Bolsa, número 8, código postal 28012 de Madrid, o bien, en los registros de cualquiera de los órganos previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y dirigida a la Secretaría de Estado de Justicia (unidad EA0041037-oficina 000011588 – Medios Personales, Procesos Selectivos Justicia)

Orden JUS/857/2020, de 14 de septiembre.

PLANTILLAS PROVISIONALES DE RESPUESTAS DEL TERCER EJERCICIO DE INCIDENCIAS DE TRAMITACIÓN, ACCESO LIBRE, CELEBRADO EL 10 DE SEPTIEMBRE DE 2020

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Publicadas las plantillas provisionales de respuestas relativas al tercer ejercicio de incidencias, realizado el día 10 de septiembre, correspondiente a las pruebas selectivas de Tramitación Procesal y Administrativa, acceso libre (OEP 2017-2018).

PLANTILLA PROVISIONAL TERCER EJERCICIO INCIDENCIAS TRAMITACIÓN PROCESAL (OEP 2017-2018)

Las alegaciones se enviarán exclusivamente al correo electrónico del Tribunal Calificador Único:  turnolibre_tramitacionprocesal_tcu@mjusticia.es

Sedes del examen de incidencias de Tramitación, turno libre (OEP 2017-2018)

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Mañana día 10 de septiembre de 2020, a las 11:00 horas (10:00 en Canarias), se realizará el examen de incidencias del tercer ejericio para ingreso en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, turno libre, convocatoria por Orden/JUS/203/2019, de 9 de agosto.

Como ya informamos en su día, los aspirantes convocados y las sedes de examen se pueden consultar en el Acuerdo del Tribunal Calificado Único de 28 de julio de 2020 desde el siguiente enlace:

ASPIRANTES CONVOCADOS Y SEDES DE EXAMEN DE INCIDENCIAS DE 10 DE SEPTIEMBRE DE 2020.

Por otra parte, en el citado acuerdo, el Tribunal no había incluido las direcciones de las sedes de MADRID y VALENCIA cuales se han publicado ahora y son las siguientes:

Madrid:

COMUNIDAD DE MADRID.- DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS Y RELACIONES CON LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.- C/Gran Vía, 43 – 7ª Planta – Sala de Reuniones.- 28013 MADRID

Valencia:

Dirección General de Modernización y Relaciones con la Administración de Justicia.- Ciudad Administrativa 9 de octubre.- Calle de la Democracia, 77 (2º piso-Torre 4-Servicio de Personal).- 46018 VALENCIA

Abierto el plazo para subsanar la exclusión de la lista provisional de admitidos de Auxilio Judicial (OEP 2017-2018)

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Hoy se abre el plazo de 10 días hábiles para subsanar los errores y defectos que hayan podido causar la exclusión de la lista provisional de admitidos de los aspirantes a ingresar en el Cuerpo de Auxilio Judicial (OEP 2017-2018).

RELACIÓN PROVISIONAL DE ADMITIDOS Y EXCLUIDOS AUXILIO JUDICIAL

En la entrada del blog publicada el pasado día 24 de agosto, se pueden consultar y descargar diversos modelos de escrito para tratar de subsanar el defecto. El plazo de subsanación finaliza el día 14 de julio de 2020.

La presentación del escrito de subsnación se hará también por medios electrónicos. En el siguiente enlace, se puede presentar a través del portal para inscripción de pruebas selectivas.

PRESENTACIÓN ESCRITO SUBSANACIÓN EN EL PORTAL DE INSCRIPCIÓN DE PRUEBAS SELECTIVAS

Modelos de ESCRITOS para SUBSANAR la EXCLUSIÓN en la lista provisional de AUXILIO JUDICIAL (OEP 2017-2018)

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La Orden JUS/736/2020, de 23 de julio, por la que se aprueba la relación provisional de admitidos y excluidos en el proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, convocado por Orden JUS/60/2020, de 15 de enero, publicada en el BOE el día 31 de julio, establece un plazo de 10 días hábiles para subsanar defectos y omisiones;

PLAZO DE SUBSANACIÓN: Días 1 a 14 de septiembre de 2020, ambos inclusive (por tanto, HASTA EL DÍA 1 DE SEPTIEMBRE NO SE PODRÁN PRESENTAR los escritos y justificaciones para subsanar los defectos y omisiones).

Antes de nada, aclarar que de entre las distintas causas de exclusión, las hay que serían subsanables y otras que no podrían ser subsanadas.

A continuación, se indican algunas causas provisionales de exclusión y la forma en que consideramos que se podrían intentar subsanar. Además, con el objeto de facilitar la reclamación, ponemos a disposición de los seguidores de justiciaoposicionesblog.com algunos modelos de escritos para intentar conseguir la inclusión en la lista definitiva de admitidos.

A los efectos oportunos, ADVERTIMOS que el modo de subsanar que se propone no garantiza que la Administración considere subsanado el defecto u omisión que motivó la exclusión, o que éste sea subsanable, en el sentido de que no somos nosotros quienes tenemos la capacidad para validar tal acto.

Por otra parte, recordar que si necesitas el TEMARIO, TEST y CASOS prácticos para AUXILIO JUDICIAL, disponemos de material para que puedas practicar estos ejercicios y comprobar tus conocimientos. Más información en justiciaoposicionesblog@gmail.com y en TEST.

MODOS Y ESCRITOS PARA INTENTAR SUBSANAR LAS DISTINTAS CAUSAS PROVISIONALES DE EXCLUSIÓN

A. NO PRESENTAR MODELO DE INSTANCIA NORMALIZADO O NO PRESENTARLA POR VÍA TELEMÁTICA CON LAS EXCEPCIONES DE LA CONVOCATORIA

La inscripción en el proceso selectivo se debió realizar telemáticamente en modelo oficial, salvo excepciones.

Se trataría de subsanar presentando escrito en el que se declararía que el aspirante no es titular de una cuenta bancaria en alguna de las entidades financieras que permiten el pago telemático de tasas administrativas, o en su caso, aportando la documentación que acredita la incidencia técnica producida que hizo imposible la inscripción electrónica.

Modelo escrito

B. AUSENCIA DE FIRMA EN LA INSTANCIA, O NO CUMPLIMENTAR DATOS PERSONALES ESENCIALES DE LA INSTANCIA.

La ausencia de firma en la instancia se podría subsanar presentando un escrito en el que se reconociese haber presentado la instancia y ser ciertos los datos consignados en la misma y, por supuesto, firmando el escrito de rectificación.

En cuanto a no cumplimentar datos personales esenciales de la instancia, tras comprobar en nuestra copia cuál se ha podido dejar de rellenar, aportar el dato o datos omitidos en la instancia con el escrito de subsanación.

Modelo escrito

C. PRESENTAR INSTANCIA FUERA DE PLAZO O FECHA NO LEGIBLE.

Si se ha presentado la instancia en plazo y la fecha de presentación no es legible, acreditar con la copia de que disponemos que se ha presentado dentro de plazo (si no se hubiere presentado la instancia dentro del plazo, me temo que no se podría subsanar el defecto).

Modelo escrito

D. NO ABONAR TASA DE EXAMEN, ABONAR FUERA DE PLAZO

Siendo causa de exclusión, parece difícil de que se pueda subsanar, a la vista de que también es causa de exclusión abonar la tasa fuera de plazo.

Se podría tratar de subsanar el defecto consistente en no abonar la tasa de examen alegando que, en su día, el pago no se hizo por error y, además, ingresando y acreditando el pago de la tasa de examen mediante la cumplimentación de nuevo impreso del modelo 790 (y esperar que se considere solucionado tal defecto).

Modelo escrito

E. PAGO INSUFICIENTE TASA DE EXAMEN, O NO ACREDITAR EXENCIÓN O REDUCCIÓN

Se podría tratar de subsanar alegando que, en su día, se cometió un error al realizar el pago de la tasa y, además, ingresando el resto del precio de la tasa de examen y acreditando el pago mediante la cumplimentación de nuevo impreso del modelo 790.

Modelo escrito

F. NO ACREDITAR CONDICIÓN LEGAL Y GRADO DE DISCAPACIDAD SEGÚN BASES COMUNES O NO HABER SIDO POSIBLE SU VERIFICACIÓN POR LA ADMINISTRACIÓN

Subsanaríamos este defecto mediante escrito en el que se manifestaría que, en su día, no se aportó dicho documento por error, el cual deberá aportarse en este momento junto con el anterior escrito. Hay que tener en cuenta que el certificado deberá reunir los extremos que se indican en las bases comunes de la convocatoria.

Modelo escrito

G. NO ACREDITAR CATEGORÍA FAMILIA NUMEROSA QUE CORRESPONDA, O NO HABER SIDO POSIBLE SU VERIFICACIÓN POR LA ADMINISTRACIÓN

Subsanaríamos este defecto mediante escrito en el que se manifestaría que, en su día, no se aportó dicho documento por error, el cual deberá aportarse en este momento junto con el anterior escrito.

Modelo escrito

H. NO PRESENTAR CERTIFICADO DEL SERVICIO PÚBLICO ESTATAL EN LOS TÉRMINOS DE LAS BASES COMUNES DE LAS CONVOCATORIAS O NO HABER SIDO POSIBLE SU VERIFICACIÓN POR LA ADMINISTRACIÓN.

Aportaríamos la certificación de la oficina de empleo acreditativa de los extremos exigidos.

Modelo escrito

I. NO ACREDITAR CONDICIÓN DE VÍCTIMA DE TERRORISMO Y/O PARENTESCO CON LA MISMA, SEGÚN BASES COMUNES DE LA CONVOCATORIA

Aportaríamos la documentación que acredite tal condición.

Modelo escrito

J. NO TENER EL TÍTULO EXIGIDO, NO ESPECIFICARLO O NO SER EQUIVALENTE

Siempre y cuando se posea la titulación exigida o ésta sea equivalente, se podría subsanar el defecto mediante escrito en el que se indicaría que, por error, no se indicó en la instancia que el aspirante estaba, en el momento de presentación de la misma, en posesión del título exigido en la convocatoria o equivalente y, en su caso, especificar tal título. Se puede acompañar fotocopia del título, si se considera oportuno.

Modelo escrito

K. HABER ALCANZADO LA EDAD DE JUBILACIÓN FORZOSA, O NO ESPECIFICAR FECHA DE NACIMIENTO O SER ÉSTA ERRÓNEA

En relación con este defecto, si cumplimos el requisito de la edad, se podría subsanar mediante escrito en el que se indicaría que, por error, no se indicó la fecha de nacimiento, e indicar, por supuesto, esta fecha en el escrito de subsanación.

Modelo escrito

L. OPTAR POR UN ÁMBITO, SEDE DE EXAMEN O SISTEMA DE ACCESO NO CONVOCADO, O NO ESPECIFICAR ÁMBITO O SEDE DE EXAMEN

Podemos intentar subsanar estos defectos mediante escrito en el que se manifestaría que, en su día, por error, no se indicó correctamente el ámbito, la sede de examen o sistema de acceso, señalando en el mismo el dato correcto.

Modelo de escrito

M. NO TENER NACIONALIDAD ESPAÑOLA.

En relación con este defecto, si poseemos la nacionalidad española, se podría subsanar mediante escrito en el que se indicaría que, por error, no se indicó en la instancia que el aspirante posee nacionalidad española.

Modelo escrito